Condiciones generales
Condiciones generales de entrega y pago aplicables a van den Hurk Bedrijfswagens B.V. con domicilio social y sede en Helmond en Kanaaldijk Z-W 7B, inscrita en la Cámara de Comercio e Industria de Brabante Septentrional Oriental en Eindhoven con el número 17166832.
Artículo 1 Aplicabilidad/Generalidades.
1.1 Las presentes condiciones se aplican a todas nuestras ofertas y a todos los contratos de compraventa celebrados con nosotros, a los presupuestos relativos a automóviles o piezas de los mismos y a otros accesorios, así como a los contratos de reparación y mantenimiento de automóviles.
1.2 Para todas nuestras ofertas y contratos se aplicarán exclusivamente las presentes condiciones generales, independientemente de cualquier referencia (previa) del comprador a sus propias condiciones generales o a otras condiciones generales.
1.3 Las modificaciones de las presentes condiciones no surtirán efecto hasta que hayan sido acordadas por escrito entre v.d Hurk bedrijfswagens B.V y el cliente.
1.4 Los empleados y representantes del vendedor sólo tendrán derecho a celebrar acuerdos en condiciones divergentes si pueden mostrar un poder firmado por la dirección a tal efecto.
Artículo 2 Ofertas y formación de acuerdos.
2.1 Todas nuestras ofertas, incluidos precios, plazos de reparación, modelos y versiones, son meramente indicativas y no vinculantes, salvo que se indique expresamente lo contrario por escrito.
2.2 Se establece un acuerdo cuando aceptamos un pedido o se inicia la ejecución del acuerdo.
2.3 Los complementos y/o modificaciones de los acuerdos suscritos, incluidas las anulaciones de los acuerdos suscritos, sólo se aplicarán si y en la medida en que hayan sido establecidos por escrito por ambas partes.
2.4 Las medidas, pesos y calidades indicados por el vendedor en las listas de precios y/u ofertas, así como las ilustraciones y dibujos incluidos en las mismas, han sido elaborados en la medida de sus posibilidades, pero no pueden ser considerados como garantía alguna y el vendedor no podrá ser considerado responsable a este respecto.
2.5 Nos reservamos el derecho a rechazar pedidos sin indicar los motivos o a entregar contra reembolso.
2.6 En el momento de la celebración del contrato o con posterioridad al mismo, y antes de su (ulterior) cumplimiento, tenemos derecho a exigir a la otra parte una garantía de que se cumplirán tanto las obligaciones de pago como las demás obligaciones.
2.7 Estamos autorizados -si lo consideramos necesario o conveniente- a contratar a terceros para la correcta ejecución del encargo que se nos ha hecho, en la ejecución del contrato, cuyos costes serán repercutidos a la otra parte de acuerdo con los presupuestos facilitados.
Artículo 3 Pagos / precios.
3.1 En caso de reducción del precio, que se aplique una vez iniciada la matriculación del vehículo, es decir, la solicitud del número de matrícula parte 1, el comprador no tendrá derecho al reembolso por parte del vendedor del V.P.M. resultante de esta reducción del precio.
3.2 Si después de la fecha de la oferta, o después de la fecha de la confirmación del pedido, uno o más factores que aumentan los precios de coste, tales como, pero no limitados a, aumentos en los precios de coste y tarifas de materiales, costes laborales, cargas sociales, derechos de importación o exportación, u otros impuestos, costes de transporte, precios (de fábrica) de proveedores así como cambios en los tipos de cambio, sufren un aumento, el vendedor tiene derecho a repercutirlos en el precio.
3.3 El riesgo de tipo de cambio en caso de facturación en moneda extranjera correrá a cargo del comprador.
3.4 Si el comprador opina que una factura del vendedor no se ha preparado de conformidad con el contrato de compraventa, no podrá no pagar la factura por ese motivo. En caso de que se alegue tal inexactitud en una factura, el comprador estará obligado a pagar la parte de la factura que se considere correcta dentro del plazo de pago estipulado.
3.5 En caso de que la otra parte: a. sea declarada en quiebra, transfiera sus bienes, presente una solicitud de suspensión de pagos o se embarguen todos o parte de sus bienes; b. fallezca o sea puesta bajo tutela; c. incumpla cualquier obligación que le incumba en virtud de la ley o de las presentes condiciones; d. no pague el importe de una factura o parte de la misma en el plazo establecido para ello; e. cese o transfiera su negocio o una parte importante del mismo, incluyendo cese o traslade su actividad o una parte importante de la misma, incluida la aportación de su actividad a una sociedad por constituir o ya existente, o proceda a cambiar el objeto de su actividad, tendremos derecho por el mero acaecimiento de una de las circunstancias antes mencionadas bien a considerar disuelto el acuerdo sin que sea necesaria intervención legal alguna, bien a reclamar cualquier cantidad adeudada por la otra parte en base a los servicios prestados por nosotros en su totalidad de forma inmediata y sin que sea necesaria advertencia o notificación alguna de incumplimiento, todo ello sin perjuicio de nuestro derecho a indemnización por costes, daños e intereses.
3.6 Todos los pagos acordados deberán efectuarse en un plazo máximo de 14 días a partir de la fecha de la factura, sin descuento alguno, salvo que se acuerde lo contrario por escrito.
3.7 La normativa anterior también se aplica en caso de entregas parciales, en cuyo caso se envía una factura entretanto.
3.8 En caso de pago posterior al plazo estipulado en el apartado 6 de este artículo, v.d. Hurk B.V. cobrará intereses sobre el importe pendiente de 1,5% al mes, siendo una parte de un mes igual a un mes.
3.9 Todos los costes, incluidos los costes de cobro judicial y extrajudicial, en los que se incurra para cobrar una factura pendiente sin notificación de impago una vez vencido el plazo de pago, correrán directamente a cargo del cliente.
Los gastos extrajudiciales se fijarán en 15% del importe de la factura con un mínimo de 300 euros.
3.10 Salvo pacto en contrario, el pago, incluidos los costes adicionales, deberá efectuarse al contado antes o en el momento de la recepción de la mercancía vendida. Todas las condiciones de pago se considerarán plazos.
3.11 Si el comprador no ha recogido los bienes vendidos en el plazo establecido, se le enviará la factura de los bienes vendidos, que deberá ser abonada inmediatamente. Si la entrega se realiza en el domicilio del comprador, la fecha de vencimiento será la fecha de recepción de la factura.
Artículo 4 Suspensión/Preservación del título.
4.1 Si no se recibe el pago dentro del plazo especificado en el artículo anterior, v.d Hurk bedrijfswagens B.V. tendrá derecho a suspender sus obligaciones derivadas del pedido en cuestión hasta que el cliente haya cumplido con sus obligaciones, todo ello de conformidad con la normativa del Código Civil relativa a los derechos de suspensión.
4.2 Todos los acuerdos celebrados entre v.d Hurk bedrijfswagens B.V. y el cliente se consideran acuerdos en virtud de los cuales la transferencia de la mercancía tiene lugar bajo la condición suspensiva de que el cliente haya cumplido sus obligaciones derivadas de este acuerdo.
4.3 De conformidad con el apartado anterior, v.d Hurk bedrijfswagens B.V. tendrá derecho en todo momento a reclamar al cliente la mercancía entregada si éste se retrasa en el pago, sin perjuicio de todos los demás derechos.
4.4 El cliente está obligado a dar a v.d Hurk bedrijfswagens B.V. la oportunidad de ejercer su derecho derivado de este artículo, si se le ha anunciado con antelación.
Artículo 5 Entrega/condiciones de entrega.
5.1 La entrega se realizará a nuestra discreción:
a. mediante la entrega del artículo adquirido en nuestra dirección;
b. mediante la entrega del bien vendido en el domicilio del comprador.
5.2 Cuando el artículo vendido se pone a disposición en nuestra dirección en beneficio del comprador, éste debe recoger el artículo comprado en un plazo de cinco días a partir de la puesta a disposición del artículo vendido.
5.3 En el momento de la entrega de los bienes vendidos por nuestra parte en la dirección del comprador, éste deberá recibirlos inmediatamente.
5.4 Si el comprador no recoge el artículo vendido en el plazo mencionado en el apartado 2 de este artículo o no acepta la entrega del artículo vendido de conformidad con el apartado 3 de este artículo, tendremos derecho a cobrar gastos de almacenaje de acuerdo con la tarifa de almacenaje establecida en nuestra empresa. El riesgo de daño y/o destrucción correrá a cargo del comprador.
5.5 El hecho de sobrepasar el plazo de entrega, cualquiera que sea su causa, no dará derecho al comprador a ninguna indemnización, rescisión del contrato, negativa a recibir los productos y/o retención del pago.
5.6 La otra parte estará obligada a comprobar los bienes entregados y/o el embalaje inmediatamente después de la entrega, pero en cualquier caso en el plazo de 3 días laborables, para detectar cualquier deficiencia y/o daño, o a llevar a cabo esta comprobación tras la notificación por nuestra parte de que los bienes están a disposición de la otra parte.
5.7 Estamos autorizados a realizar entregas parciales, que podremos facturar por separado.
5.8 La indicación del plazo de entrega es siempre aproximada, salvo acuerdo expreso en contrario.
Artículo 6 Tasa de eliminación.
6.1 Además del precio de compra acordado, el comprador del vehículo nuevo deberá abonar una tasa de eliminación de 45,00 euros, IVA incluido. Esta tasa de eliminación está regulada en la Ley de Gestión Medioambiental y ha sido declarada de obligado cumplimiento general por el Ministro de Vivienda, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente. La obligación de pagar la tasa de eliminación nace con la primera matriculación de un coche de cuatro ruedas o más, cuyo peso en vacío más capacidad de carga no supere los 3500 kg.
Por ley, sólo se expide un número de registro tras el pago de la tasa de eliminación.
Artículo 7 Contratación pública.
7.1 Las disposiciones de este artículo sólo se aplican , si compramos un coche en caso de venta, cuando el oferente:
- es un particular, que no se benefició él mismo de la deducción del IVA soportado.
- Una institución ( gubernamental ) que no es un empresario.
- es un empresario, que compró el coche exclusivamente para servicios exentos.
- es un pequeño empresario que está exento de obligaciones administrativas en virtud del
del apartado 3 del artículo 25 de la Ley del impuesto sobre la cifra de negocios de 1968.
- es otro revendedor que aplica el régimen de márgenes.
7.2 Cada compra está sujeta a una tasación por parte de un perito designado por nosotros, que elabora un informe del estado en el que se encuentra el automóvil.
7.3 No obstante, no quedaremos vinculados por dicha valoración durante más de 14 días a partir del día en que se realice la valoración, a menos que se acuerde lo contrario por escrito.
7.4 El día de la transferencia del vehículo a recomprar, éste debe encontrarse en las mismas condiciones que en el momento de la tasación.
7.5 Si la transferencia del vehículo a recomprar se produce una vez transcurrido el plazo mencionado en el apartado 3 y/o si el vehículo a recomprar ya no se encuentra en las mismas condiciones que en el momento de la tasación, tenemos derecho a que se realice una nueva tasación.
Si es inferior, el licitador/comprador no puede derivar ningún derecho de ella.
7.6 El/los vehículo(s) a adquirir se entregará(n) en el momento de la entrega del/de los vehículo(s) vendido(s).
7.7 Si, al vender un automóvil nuevo contra la recompra de un automóvil, el comprador sigue conduciendo el automóvil que se va a recomprar en previsión de la entrega del nuevo, el automóvil que se va a recomprar pasa primero a ser de su propiedad después de que se haya producido la entrega efectiva a nosotros.
Hasta esa fecha, el riesgo del automóvil que se va a adquirir es para el proveedor/comprador.
7.8 En el momento de la entrega efectiva del vehículo, éste deberá estar provisto de un permiso de circulación válido, parte I, parte II, parte III y copia de la parte III. Si faltan uno o varios, nos reservamos el derecho a facturar al ofertante/comprador los costes de obtención de un nuevo permiso de circulación y la correspondiente depreciación de valor. Además, en ese caso, el ofertante/comprador deberá devolver el vehículo con un permiso de circulación provisional.
7.9 En caso de contratación, el proveedor, tal y como se menciona en el apartado 1, deberá cumplimentar y firmar una declaración de contratación.
Artículo 8 Reserva de dominio.
8.1 La propiedad de todos los bienes vendidos por nosotros al comprador permanecerá con nosotros mientras el comprador no haya pagado nuestras reclamaciones en virtud de estos acuerdos o similares, mientras el comprador no haya pagado las reclamaciones en virtud del trabajo realizado o por realizar en virtud de estos acuerdos o similares y mientras el comprador no haya pagado nuestras reclamaciones debido al incumplimiento por parte del comprador de dichas obligaciones, incluidas las reclamaciones relativas a sanciones, intereses y costes.
8.2 Antes del pago íntegro del precio de compra, incluidos intereses y gastos, el comprador no está autorizado a pignorar el objeto de compra a terceros ni a transferir la propiedad a terceros.
8.3 En caso de que un tercero de buena fe haya adquirido la propiedad de la mercancía impagada y dicho tercero aún no haya pagado el precio de compra adeudado, el comprador se compromete desde ese momento a reservar una prenda sin desplazamiento y, en la medida de lo posible, a constituir una prenda sin desplazamiento sobre el crédito que el comprador tenga frente a dicho tercero.
Artículo 9 Garantía.
9.1 Los vehículos a motor entregados por nosotros, así como las piezas nuevas, están garantizados de acuerdo con la denominada garantía del fabricante otorgada sobre los mismos conforme a la tarjeta de garantía expedida por nosotros o incluida en el manual .
En caso de incumplimiento por parte del comprador de alguna de las disposiciones que figuran en esta tarjeta de garantía o en el manual, la garantía quedará anulada si, durante el periodo de garantía, el comprador ha efectuado o hecho efectuar por terceros modificaciones técnicas en piezas o partes del equipo del artículo adquirido, que guarden relación directa o indirecta con aquello que sea objeto de reclamación en virtud de la garantía.
9.2 Si la otra parte no cumple, cumple parcialmente o no cumple a tiempo alguna obligación derivada del acuerdo celebrado entre las partes, no estaremos obligados a prestar garantía alguna mientras se mantenga esta situación.
Artículo 10 Reparaciones.
10.1 Nuestras ofertas relativas a los precios de los tiempos de reparación son indicativas y no vinculantes. Estamos autorizados, sin perjuicio del derecho de retención, a exigir un anticipo al cliente en caso de reparaciones superiores a 500 euros.
10.2 Podremos ejercer el derecho de retención sobre el vehículo si el cliente no paga los costes de los trabajos realizados en el vehículo o no los paga en su totalidad, aunque se trate de costes de trabajos anteriores realizados por nosotros en el mismo vehículo. También podemos ejercer el derecho de retención si el litigio está pendiente ante un tribunal.
10.3 Si tras la realización del trabajo encomendado y su notificación al cliente, el vehículo en cuestión no ha sido recogido en el plazo de una semana a partir de este último momento, tendremos derecho a cobrar los gastos de almacenaje de acuerdo con la tarifa aplicable en nuestra empresa.
El almacenamiento corre a cargo y riesgo del cliente.
10.4 Los materiales o artículos sustituidos sólo se pondrán a disposición del cliente si éste así lo desea expresamente. En caso contrario, los materiales pasarán a ser de nuestra propiedad sin que el cliente pueda cobrarnos indemnización alguna por este concepto.
10.5 Cualquier reclamación caduca si terceros, sin nuestro conocimiento y/o consentimiento previos, han realizado trabajos que puedan relacionarse con los trabajos de montaje, reparación y/o mantenimiento realizados por nosotros con respecto a los cuales se presenta la reclamación de garantía.
Artículo 11 Reclamaciones.
11.1 Las reclamaciones deberán ser presentadas por escrito por el comprador en un plazo de 5 días hábiles a partir de la fecha en que se descubrió o pudo razonablemente haberse descubierto la reclamación, a falta de lo cual se considerará que el comprador ha aceptado incondicionalmente el producto adquirido. En caso de defectos visibles, esto significa que el comprador deberá comunicarnos los defectos inmediatamente después de la entrega, a falta de lo cual se considerará que el comprador ha aceptado incondicionalmente el artículo adquirido.
11.2 Las reclamaciones no se tramitarán si resulta que el comprador o terceros han modificado o reparado algo en el/los objeto(s) que esté directa o indirectamente relacionado con la reclamación, excepto en el caso de que esto se haya hecho con nuestro conocimiento previo y en casos de emergencia en los que el comprador no haya podido hablar con nosotros de antemano, pero nos haya informado de la emergencia inmediatamente.
Artículo 12 Disolución.
12.1 Sin perjuicio de nuestro derecho a reclamar el cumplimiento, tenemos derecho, si el Comprador desea rescindir el contrato, a hacerlo por escrito y por carta certificada, a disolver el contrato de compraventa, en cuyo caso tenemos derecho a cobrar al Comprador 15% del precio de lista incluido el IVA y el IVA p.m., excluido cualquier canje, como indemnización, más 100% sobre los costes incurridos en la preparación de la entrega.
Artículo 13 Fuerza mayor.
13.1 El Vendedor no estará obligado a cumplir ninguna obligación si se ve impedido de hacerlo como resultado de una circunstancia que no pueda atribuirse a su culpa, ni por su cuenta en virtud de la ley, acto jurídico o práctica generalmente aceptada.
13.2 En caso de fuerza mayor y/o circunstancias extraordinarias, el comprador no tendrá derecho a rescindir el contrato y/o reclamar daños y perjuicios.
Artículo 14 Responsabilidad.
14.1 Excluimos cualquier responsabilidad en la medida en que no esté regulada por la ley.
14.2 Nuestra responsabilidad nunca superará el importe total del pedido correspondiente.
14.3 Sin perjuicio de las normas legales de orden público y buena fe generalmente aplicables, no estamos obligados a pagar indemnización alguna por daños, cualquiera que sea su naturaleza, directos o indirectos, incluidas las pérdidas comerciales, a bienes muebles o inmuebles, o a personas, tanto de la otra parte como de terceros.
Artículo 15 Disposición final/Disputas.
15.1 Todos los litigios derivados de las relaciones con v.d Hurk B.V. se regirán exclusivamente por el Derecho neerlandés, por lo que las partes declaran que optarán exclusivamente por la competencia de los tribunales neerlandeses para conocer del litigio surgido.
15.2 En caso de que alguna de las condiciones resulte inaplicable o sea declarada nula y sin efecto por un tribunal, las condiciones restantes permanecerán en pleno vigor y efecto.